Con fecha 18 de marzo de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución de 12 de marzo de 2026, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, por la que se efectúa la convocatoria pública de las ayudas individualizadas para el transporte escolar en el curso académico 2025/2026.
En relación con esta convocatoria se informa lo siguiente:
1.- El plazo de solicitudes será del 19 de marzo al 10 de abril de 2026.
2.- La solicitud de ayudas individualizadas para el transporte escolar del curso 2025-2026 se cumplimentará mediante el formulario electrónico que se encuentra disponible en la Secretaría Virtual de los centros educativos de la Consejería de Educación disponible aquí.
3.- Es importante destacar que no se considerarán aquellas solicitudes que, aunque hayan sido cumplimentadas por vía electrónica, no completen el proceso de presentación formal. Para ello, la persona solicitante deberá obtener un resguardo de la solicitud, el cual debe conservar para acreditar, si fuese necesario, la presentación de su solicitud dentro del plazo y con las formalidades requeridas.
Asimismo, la persona solicitante o la persona que ejerza su tutela legal, en el caso de ser menor de 18 años y los demás miembros computables de la unidad familiar autorizarán a la Administración Educativa a obtener de otras Administraciones Públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos de identificación, residencia, académicos y familiares necesarios para la resolución de la solicitud de la ayuda. En caso de no prestar consentimiento, las personas solicitantes estarán obligadas a aportar los documentos necesarios para facilitar esa información.
4.- A los efectos establecidos en el punto anterior y en los términos legalmente previstos, la firma electrónica tanto de la persona interesada o de la persona que ejerza su tutela legal, podrá efectuarse mediante la utilización de claves concertadas, certificado digital y/o la aportación de información conocida por ambas partes.
5.- En el caso de no presentar la solicitud por vía telemática, éstas se presentarán, preferentemente, en la Secretaría del centro docente donde, durante el curso 2025/2026, está matriculado el alumno o alumna solicitante de la ayuda individualizada de transporte escolar, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Para más información y detalle, se puede consultar la citada convocatoria y la correspondiente normativa reguladora de estas ayudas, disponible en el portal web de becas y ayudas al estudio.
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